Fundación Cume es una entidad acogida al régimen fiscal de la Ley 49/2002. Conforme a esta Ley, toda aquella persona física o jurídica que realice un donativo en favor de la Fundación, puede obtener los siguientes beneficios fiscales:


  • Las personas físicas tendrán derecho a deducir un 25% en el IRPF.

  • Las personas jurídicas tendrán derecho a deducir en el Impuesto sobre Sociedades el 35% de la cantidad donada.

En los donativos en especie se deducirá el importe del valor contable que tuviesen en el momento de la transmisión.

Fundación Cume precisa de la colaboración de empresas y particulares para llegar a las persoas beneficiarias de los proyectos y actividades puestas en marcha.


Existen diferentes formas de colaborar con la Fundación Cume: