Fundación Cume es una entidad acogida al régimen fiscal de la Ley 49/2002. Conforme a esta Ley, toda aquella persona física o jurídica que realice un donativo en favor de la Fundación, puede obtener los siguientes beneficios fiscales:
En los donativos en especie se deducirá el importe del valor contable que tuviesen en el momento de la transmisión.
Si usted está interesado en apadrinar a un niño, debe saber las siguientes cuestiones:
Para obtener las ventajas fiscales (un 25% de desgravación en el IRPF para las personas físicas y un 35% para las empresas en el IS), todo donante debe identificarse señalando sus datos a la Fundación en el siguiente formulario, para su posterior comunicación a Hacienda y la emisión del certificado por parte de Cume.